PODER AMPLIO

 

El suscrito (a),

domiciliado en

en nombre y representación de

una sociedad inscrita bajo las leyes de

y domiciliada en

 

por el presente documento, otorga a la firma de abogados VICTOR MENDEZ FABREGA & ASSOCIATES, con oficinas en Avenida Samuel Lewis y Calle 53, Edificio Omega, primer piso, oficina 1F, de la ciudad de Panamá, poder amplio y suficiente para ser representado ante las oficinas y autoridades correspondientes, de orden administrativo, judicial o extrajudicial, en Panamá o en el extranjero, en cualquier asunto relacionado, directa o indirectamente, con todos los Derechos de la Propiedad Industrial e Intelectual, incluyendo pero no limitado a toda solicitud, gestión o litigio referente a patentes de invención y modelos de utilidad, modelos y dibujos industriales, secretos industriales y comerciales, marcas, nombres comerciales, indicaciones de procedencia, denominaciones de origen, expresiones o señales de propaganda, Derechos de Autor y los registros sanitarios.  Para el ejercicio de este poder, los apoderados aquí designados quedan especialmente autorizados para desempeñar todos y cada uno de los actos señalados a continuación:    

a) Obtener el registro o renovación de marcas, patentes,  diseños industriales, modelos, indicaciones de procedencia, denominaciones de origen, nombres comerciales, expresiones y señales de propaganda,

b) Derechos de Autor y derechos conexos y/o cualquier otra modalidad de la Propiedad Industrial o Intelectual y los Registros Sanitarios, así como para hacerse cargo de todas las formalidades relacionadas con  traspasos, cesiones, cambios de razón social o domicilio, limitaciones, reivindicaciones, cancelaciones, nulidades y registros de licencias de uso y franquicias.

c) Solicitar y obtener la cancelación de licencias comerciales e industriales, denominaciones comerciales, razón social y/o demandar la imposición de sanciones por violación de las leyes referentes al ejercicio del comercio y la explotación de la industria.

d) Representar al poderdante en cualquier proceso o litigio de oposición, cancelación o de nulidad de registros, como demandante, demandado o tercero interesado, por el uso indebido, por infracción  de leyes civiles o penales o por  posible confusión, para el amparo de los Derechos de Propiedad Industrial o Intelectual de(los) poderdante(s), cuando a juicio del apoderado éstos pudiesen verse afectados.

e) Solicitar acciones administrativas, diligencias exhibitorias, inspecciones judiciales, embargos, secuestros y emprender todos los trámites jurídicos posibles para la protección de los intereses y derechos del poderdante.

 

     Los representantes legales quedan así facultados para comparecer ante cualquier oficina, entidad u autoridad pertinente, sea ésta judicial, extrajudicial o administrativa, y tomar todas las medidas necesarias para los propósitos del presente poder, para formular y presentar solicitudes, descripciones, protestos, declaraciones, juradas o no, apelaciones, quejas, denuncias o acusaciones y reclamos, para pagar impuestos y derechos y  justificar explotaciones o usos, quedando expresamente facultados para recibir, transigir, aceptar, comprometer, alegar, someter el conflicto a árbitros, deferir el juramento, absolver posiciones o resolver diferencias, desistir, sustituir el presente poder, revocar las sustituciones y reasumirlo.

     Las facultades enumeradas no son limitativas, por cuyo motivo los mandatarios quedan autorizadas a ejercer, en cuanto a las leyes se requiere y de acuerdo a las mismas, todos los derechos que se relacionen o necesarios a los fines indicados en este Poder, sin limitaciones.

 

Dado y firmado en el día de de